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A partir de la ley 1266 de 2008, se desarrolló el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales relacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política, así como el derecho a la información establecido en el artículo 20 de la Constitución Política, particularmente en relación con la información financiera y crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países.
La correcta consignación de los datos de su vida crediticia es importante para usted, por ello nuestra firma lo asesora y representa en la corrección de los datos que erróneamente se hayan incluido en las centrales de riesgo del país.
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