SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
DISTRIBUCIÓN DE PRIMA ACCIONES
Señor
JHON JAIRO MINGAS ROJAS0
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Ref: Radicación 2018-01-397920 04/09/2018
Me refiero a su escrito radicado con el número y fecha de le referencia trasladada a esta entidad por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en el que realiza la siguiente consulta:
“Solicito su colaboración para aclarar ¿Cómo se debe distribuir la prima en colocación de acciones en el traslado a capital social?
1. ¿Se debe distribuir el valor por lo pagado por cada accionista registrado en la cuenta de superávit de capital? O
2. ¿Se debe distribuir por el porcentaje de la participación accionaria a todos los accionistas de la entidad?”.
Sobre el tema expuesto en su consulta, esta Entidad ya se ha pronunciado en oficio 220-050194 del 6 de marzo de 2017, del cual es preciso tomar el siguiente aparte:
«Ahora bien, si se opta por la aludida capitalización, considera este Despacho que aunque no todos los accionistas hayan adquirido partes alícuotas con prima de colocación, todos pueden participar de dicha capitalización ya que así algunos no hayan contribuido a la creación y formación de ese superávit por no haber suscrito en su momento las acciones colocadas con tal prima, sí han contribuido al incremento del patrimonio social, hecho éste que como se dijo es el fundamento de la nombrada prima”.
Adjunto a este escrito el texto completo del referido oficio.
Cordialmente,
MAURICIO ESPAÑOL LEÓN
Funcionario Grupo Investigación y Regulación Contable
TRD: REVISIÓN