Cuando se trata de un deudor solidario, codeudor, avalista o garante en un trámite de insolvencia cualquiera que sea este, nos encontramos ante una situación sumamente delicada, ya que independientemente que el deudor principal inicie el proceso de insolvencia, el acreedor puede iniciar o continuar las acciones de cobro contra el tercero que nos respaldó la obligación. Es por ello que previamente a iniciar un trámite de esta naturaleza debemos estar seguros que hemos dialogado y discutido el tema con nuestros garantes para que no existan conflictos ante esta importante decisión que se pretende tomar.

Pero entonces que puede hacer un deudor solidario o avalista en el momento que el deudor que garantiza se “declara insolvente”?, en nuestro concepto lo que generalmente hará el acreedor es dirigir toda su fuerza de cobranza hacia esta persona y lo más conveniente es recurrir a medios de protección patrimonial, o en últimas ingresar conjuntamente con el deudor garantizado al régimen de insolvencia.

Si usted tiene este problema, no dude en contactarnos para analizar de manera personalizada su caso  y buscar la mejor alternativa a su problema.

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MANUAL DE INSOLVENCIA DE PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE

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